CEMIBA, viene insistiendo, desde hace varios años y en distintas notas sobre la necesidad de cumplimentar todas las disposiciones legales vigentes con respecto a la Salud de los Trabajadores, con el fin primero de salvaguardar uno de los capitales más importantes de la Empresa que es su capital humano y en segundo término evitar que esta falta de cumplimiento le acarree a la propia Empresa onerosas erogaciones económicas
Al respecto venimos observando, no un grado mayor de negligencia ni de desconocimiento de las disposiciones legales por parte de las Empresas, sino la desinformación a la que están expuestas.
Así observamos que se está cumpliendo con los Exámenes Médicos de Ingreso y en menor medida con los Exámenes Periódicos de Salud, los de Ausencias Prolongadas y los de Egresos.
Además percibimos poca disposición para tomar con mayor atención todo lo inherente a Higiene y Seguridad, lo cual motiva nuestra insistencia, tal como lo destacáramos en nuestro boletín 10/09 y en nuestra reseña y comentarios de la RES SRT 463/2009.
A todo lo expuesto y ante fallos judiciales adversos,sugerimos examinarlos y a modo de ejemplo citamos uno de los últimos: el de la Cámara Nacional de Apelaciones sala IV en autos “ PEDRAZA GRACIELA DEL CARMEN...”CNAT SALA IV fecha 22/02/10.
Quedamos a disposición para cualquier consulta con respecto a la vigencia de las mencionadas disposiciones relacionadas con la SALUD LABORAL.
Dr. Agustín U. Sánchez
Dirección Médica
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